PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL PARA LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO

PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL PARA LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO

Fecha: 
Viernes, Octubre 20, 2017

¿QUÉ ES?: Un programa específico y temporal que incluye medidas de políticas activas de empleo y ayudas económicas, para las personas que agoten su protección por desempleo ("paro" o "complementarias"), basado en itinerarios individualizados y personalizados de inserción que permitan su incorporación al mercado laboral y que reciben una ayuda eqivalente al 75% u 85% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), si cumplen los requisitos exigidos.

¿QUIÉN LA CONCEDE?: El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), antes Inem, es el que concede y paga la ayuda y el SNE-NL (Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare) programa y gestiona las medidas de políticas activas de empleo.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?:
A personas inscritas en las Oficinas de Empleo como desempleadas por extinción de su relación laboral que, desde el 16 de agosto de 2017 hasta el 30 de abril de 2018, agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo ("paro") y no tengan derecho a subsidio por desempleo ("complementarias"), o bien hayan agotado el subsidio por desempleo, incluidas sus prórrogas, carezcan de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

No tienen derecho a esta ayuda las personas que hubieran percibido el PRODI (Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción), ni las que hubieran sido o sean beneficiarias de este programa de recualificación profesional, ni las que hubieran agotado o pudieran tener derecho a la Renta Activa de Inserción, ni las que hubieran agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo, ambos en favor de las personas trabajadoras eventuales del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.

REQUISITOS:
a) Que haya agotado, entre el 16 de agosto de 2017 hasta el 30 de abril de 2018, la prestación por desempleo de nivel contributivo ("paro") y no tenga derecho a subsidio por desempleo ("complementarias"), o bien haya agotado éste, incluidas sus prórrogas.

b) Encontrarse en una de las siguientes circunstancias:
- b1. Estar inscrita en las Oficinas de Empleo como desempleada por extinción de su relación laboral, al menos doce de los últimos dieciocho meses.
- b2. Tener responsabilidades familiares.

c) Que la persona solicitante carezca de rentas, de cualquier naturaleza, superiores, en cómputo mensual, al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Si la persona solicitante convive con el padre y/o la madre, y/o cónyuge, y/o hijas o hijos menores de 26 años (o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33%, o menores en acogimiento), se considera que forman una unidad familiar. Las rentas de quienes integran esta unidad familiar así constituida, incluida la persona solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, tampoco puede superar el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

d) Acreditar que se han realizado durante un periodo mínimo de 30 días (durante los dos meses de plazo para realizar la solicitud), al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo. La forma de acreditarlas figuran en el artículo 6.5 de la Resolución de 1 de agosto de 2013.

e) Participar en un itinerario individualizado y personalizado de inserción, que contemple el diagnóstico sobre su empleabilidad, así como las acciones de políticas activas de empleo encaminadas a la recualificación y/o reinserción profesional necesarias, la búsqueda de empleo y aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida, salvo causa justificada.

¿CUÁNDO SE SOLICITA?: Consulta la pestaña "Solicitud de la ayuda".
Para entregar la solicitud hay que solicitar cita previa por teléfono: 948 990 579 o por Internet.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA: La que figura en la última hoja de la solicitud.

¿CUÁNTO SE COBRA?: Consulta la pestaña "Derechos de las personas beneficiarias".
Se descuentan las cantidades que correspondan por los días que no exista participación de la persona beneficiaria en alguno de los servicios incluidos en el itinerario y por los días que no se mantenga la inscripción como persona demandante de empleo por causa de colocación de la persona beneficiaria, aunque en este último caso percibirá de nuevo esta ayuda, desde el momento en que se inscriba como persona demandante de empleo, siempre que siga cumpliendo el resto de los requisitos exigidos.

¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO SE COBRA?: Se concede una sola vez por un periodo máximo de seis meses.

OBLIGACIONES: Consulta la pestaña "Obligaciones de las personas beneficiarias".

COMPATIBILIDADES:
La Ayuda es compatible con las ayudas de transporte, manutención y alojamiento por asistencia a cursos de formación del SNE y además no computan como rentas a los efectos de esta ayuda.

Aunque es compatible con la Renta Garantizada del Gobierno de Navarra u otras ayudas sociales, es conveniente estudiar, en cada caso, el momento de solicitarlas, atendiendo a quién es la persona solicitante, las personas con las que convive, las cuantías que corresponderían, teniendo en cuenta las rentas máximas permitidas, y la duración de su percepción.

NORMATIVA:
- Resolución de 1 de agosto de 2013, del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE nº 196 de 16-08-2013).
- Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, (BOE nº 242 de 07-10-2017).
- Resolución de 9 de octubre de 2017, del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE nº 253 de 20-10-2017).

MÁS INFORMACIÓN:
- Dirección Provincial del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)
Plaza de Góngora, 5
31006 PAMPLONA
Tlfno.: 948 292 030
Información sobre prestaciones: 901 119 999
Web: http://www.sepe.es/
Facebook: https://www.facebook.com/SEPE.EMPLEO/?fref=ts

- OFICINAS DEL SNE.

- OFICINAS DEL SEPE [ubicadas en el mismo local que las Oficinas de Empleo del SNE]

 

Cambios: 
Prórroga y nuevo modelo de solicitud.