EN PRÁCTICAS

EN PRÁCTICAS

Fecha: 
Domingo, Abril 17, 2016

¿QUÉ ES?: El contrato a una persona con título universitario, de Formación Profesional de Grado Medio o Superior, o equivalente reconocido oficialmente, o certifcado de profesionalidad, que le permita una práctica profesional adecuada al nivel de estudios o formación cursados.

REQUISITOS: Acreditar tener la titulación necesaria. Haber terminado los estudios en los 5 años anteriores al inicio del contrato y 7 años las personas discapacitadas o tener menos de 30 años aunque hayan transcurrido más años (hasta que la tasa de desempleo se situe por debajo del 15% en este último caso).

DURACIÓN: Mínimo 6 meses y máximo 2 años, ya sea en una o en varias empresas, con un máximo de dos prórrogas de 6 meses, como mínimo, cada una de ellas. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad interrumpen el cómputo de la duración del contrato

JORNADA: Completa o a tiempo parcial.

SALARIO: No podrá ser inferior al 60% y 75% del fijado en el convenio colectivo durante el 1º y 2º año respectivamente, pero nunca inferior al SMI (Salario Mínimo Interprofesional).

AYUDA A EMPRESAS: Ver Bonificaciones / Reducciones a la contratación laboral.

OBSERVACIONES:
- El contrato debe realizarse por escrito haciendo constar la titulación, la duración y el puesto de trabajo.

- A la terminación del contrato la empresa deberá entregar un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas realizadas en cada uno de ellos.

- La duración de las prácticas computa a efectos de antigüedad en la empresa.

- Este contrato no da derecho a indemnización.

- Si no se cumplen todos los requisitos legales, se transforma en indefinido automáticamente.

- El Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, (BOE nº 278 de 18-11-2011), regula las prácticas no laborales en empresas para quienes no hayan tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad (no cuentan las prácticas que hayan formado parte para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes). Su duración va de 3 a 9 meses y se recibe una beca del 80% del IPREM. Se incluyen en el Régimen General de la Seguridad Social aunque no genera derecho a la prestación por desempleo. Las prácticas no laborales en las empresas no suponen, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre la empresa y la persona joven.

Cambios: 
Actualización de la ficha.