CURSOS PARA PERSONAS CON EMPLEO, PRIORITARIAMENTE

CURSOS PARA PERSONAS CON EMPLEO, PRIORITARIAMENTE

Fecha: 
Jueves, Diciembre 27, 2018

¿QUÉ SE ESTUDIA?: Son recursos formativos que ofrecen una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo y que atienden a los requerimientos de productividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de quienes participan.

¿QUÉ TÍTULO SE PUEDE SACAR?:
En los cursos dirigidos a la obtención de Certificados de Profesionalidad se expide el correspondiente certificado de profesionalidad cuando se hayan superado los módulos formativos correspondientes a la totalidad de las unidades de competencias en que se estructure incluido el módulo de formación práctica en centros de trabajo. Las acreditaciones parciales acumulables se expedirán cuando se hayan superado los módulos formativos correspondientes a una o algunas de dichas unidades de competencia.

En los cursos que no vayan dirigidos a la obtención de certificados de profesionalidad, deberá entregarse a cada participante el certificado de asistencia o diploma (a quienes hayan obtenido una evaluación positiva). Las competencias adquiridas a través de esta formación podrán ser reconocidas, al igual que las adquiridas a través de la experiencia laboral, mediante las acreditaciones totales o parciales de los certificados de profesionalidad, de conformidad con la normativa que regula el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral y de aprendizajes no formales.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?:
- A personas trabajadoras con empleo que presten sus servicios en centros ubicados en Navarra que:
a) Trabajen para empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
b) Se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: las fijas discontinuas, en los períodos de no ocupación; las acogidas a regulación de empleo, en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado; que hayan perdido el empleo cuando se encuentren en período formativo.
c) Estén incluidas en los Regímenes Especial Agrario, de Autónomos, del Mar y otros de la Seguridad Social que no coticen por la contingencia de formación profesional.
d) Sean socias trabajadoras y de trabajo de las cooperativas, sociedades laborales y empresas y entidades de la economía social.
e) Presten sus servicios para las Administraciones Públicas cuando se trate de planes de formación intersectoriales y con el límite máximo de un 10% del total de participantes de cada plan.

- A personas trabajadoras desempleadas e inscritas en las oficinas de empleo, con el límite máximo de un 40%.

Las personas que tienen prioridad en el acceso a la formación los siguientes colectivos: mujeres, personas con discapacidad, personas con baja cualificación, mayores de 45 años, jóvenes menores de 30 años, personas desempleadas de larga duración, personas trabajadoras de pequeñas y medianas empresas (especialmente de las de menos de 50 trabajadores) y personas afectadas y víctimas del terrorismo y de la violencia de género.

DURACIÓN: Tendrán una duración mínima de 6 horas y máxima de 270 (salvo excepciones).

ASPECTOS ECONÓMICOS: Son gratuitos.

BECAS Y AYUDAS: Existen becas y/o ayudas por la asistencia a estos cursos de las personas desempleadas que cumplan los requisitos exigidos.
Las becas y ayudas existentes son:
- Becas a personas discapacitadas: con un grado de discapacidad mínimo del 33% o tengan reconocida la incapacidad permanente total. Deben presentar una fotocopia compulsada del certificado correspondiente y se perciben 9 € por día.

- Ayuda de transporte: para la asistencia a las clases desde el domicilio al centro formativo. El traslado debe realizarse siempre por el medio más económico.
Si se puede utilizar el trasporte urbano público, el máximo que se percibe es de 1,5 € diario. Si se utiliza otro medio de transporte público, se percibe el gasto realizado con un máximo de 15 €/día. Si se utiliza el transporte privado, por imposibilidad de realizar el desplazamiento en transporte público, se percibe 0,19 €/km. con un máximo de 15 €/día.

- Ayuda de manutención: si el horario habitual del curso es por la mañana y por la tarde y el domicilio dista más de 20 km. del centro formativo. El importe máximo que se percibe es de 12 €/día.

- Ayuda de alojamiento y manutención: si el horario habitual del curso es por la mañana y por la tarde no existiendo red de transporte para desplazarse al inicio y después del final de las clases y el domicilio está a más de 120 km. del centro formativo. Se percibe un máximo de 60 €/día natural. También podrá percibir el importe de los desplazamientos inicial y final con un máximo de 15 € para la suma de los dos. El gasto real de alojamiento se justificará por medio del contrato de arrendamiento, factura de hospedaje o cualquier otro medio documental acreditativo.

- Ayuda de conciliación: si se tienen menores de 6 años a cargo o familiar dependiente hasta 2º grado y unos ingresos per cápita (suma de todos los ingresos de la unidad familiar dividido por el número de miembros) inferiores al 75% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). El importe de la ayuda es el 75% del IPREM diario por día de asistencia, si se cumplen los siguientes requisitos: no haber rechazado ofertas de empleo adecuadas; no haberse negado a participar en actividades de promoción, formación o reconversión profesional en el plazo de un mes desde el agotamiento de la prestación o del subsidio por desempleo; no superar la renta per cápita (suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen) el 75% del IPREM.
En este caso la documentación que hay que presentar es: copia compulsada del libro de familia; certificado de dependencia del familiar dependiente, en su caso; certificado de convivencia; acreditación de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar; y declaración responsable/jurada, acreditativa de no estar percibiendo otro tipo de prestaciones o ingresos.
A los efectos de esta ayuda de conciliación, se consideran parejas estables las definidas en el artículo 2 de la Ley Foral 6/2000, de 3 de julio.

Las becas y ayudas se perciben por los días de asistencia.
Se pierde el derecho a percibir las ayudas y becas por la falta de asistencia no justificada al curso de más de 3 días al mes.
La solicitud junto a la documentación exigida debe realizarse antes de la finalización del curso.

INSCRIPCIONES Y MATRICULACIÓN:
La inscripción se realiza directamente en los centros que imparten la formación.
Se puede consultar la oferta existente en la página del Servicio Navarro de Empleo www.formacción.info.

TIPO DE FORMACIÓN:Los planes de formación dirigidos prioritariamente a las personas empleadas pueden comprender los siguientes tipos de planes de formación:
- Los planes de formación intersectoriales, están compuestos por acciones formativas dirigidas a la adquisición de competencias transversales a varios sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de personas trabajadoras de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de sus representantes legales.

- Planes de formación intersectoriales dirigidos a personas trabajadoras y socias de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

- Planes de formación intersectoriales dirigidos a personas trabajadoras autónomas.

- Planes de formación compuestos por acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad (sólo en la modalidad presencial), dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de actividad económica, competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de personas trabajadoras de otros sectores o correspondientes a áreas formativas prioritarias. Es obligatorio el módulo de formación práctica en centros de trabajo.

Se pueden realidar en la modalidad de presencial, teleformación y mixta (presencial y teleformación).

Todas las personas participantes en los cursos están protegidas por una póliza colectiva de accidentes de trabajo que cubre los riesgos derivados de la asistencia a las acciones formativas en la modalidad presencial y el módulo de formación práctica en centros de trabajo.

NORMATIVA:
- Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, (BOE nº 87 de 11-04-2007)
- Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, (BOE nº 67 de 18-03-2008)
- Resolución 82E/2015, de 7 de agosto, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, (BON nº 163 de 21-08-2015)

MÁS INFORMACIÓN:
- SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO
Sección de Formación Ocupacional
Arcadio Mª Larraona, 1
31008 PAMPLONA
Tlfno.: 848 424 426
Web: http://www.empleo.navarra.es

- OFICINAS DE EMPLEO DEL SNE (directorio)

- CENTRO DE FORMACIÓN ITURRONDO
Avda. Villava, 1
31600 BURLADA
Tlfno.: 848 425 825
Correo-e: cfconecta@cfnavarra.es
Web: http://www.cfconecta.net/

- CENIFER (Centro de Formación en Energías Renovables)
Aduana, s/n.
31119 IMARCOAIN
Tlfno.: 948 368 121
Correo-e: cenifer@navarra.es
Web: http://www.cenifer.com/

Cambios: 
corrección de enlaces rotos.