AYUDA POR EXCEDENCIA PARA EL CUIDADO DE FAMILIARES
¿QUÉ ES?: La ayuda económica, directa y de pago periódico, para conciliar la vida laboral y familiar facilitando la excedencia laboral para el cuidado directo, continuo y permanente de familiares de primer grado, menores de edad o adultos, por enfermedad y/o accidente sobrevenido.
¿QUIÉN LA CONCEDE?: El Gobierno de Navarra a través de la Subdirección de Familia y Menores.
¿A QUIÉNES VA DIRIGIDA? Consulta el apartado "Dirigido a" siempre que se encuentren an alguna de estas situaciones.
¿DÓNDE SE SOLICITA?: La solicitud, firmada, junto a la documentación requerida, hay que presentarla en el registro de la Subdirección de Familia y Menores (Abejeras, 1 de Pamplona), o en cualquier registro oficial.
¿CUÁNDO SE SOLICITA?:
A partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra (15-06-2020).
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 2 de noviembre de 2020.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA: A la solicitud en modelo oficial, firmada, siguiendo las estas instrucciones, a la que hay que acompañar con los siguientes documentos, consulta el apartado “Documentación”.
¿CUÁNTO SE COBRA?
Esta ayuda económica es incompatible con cualquier otra ayuda que para la misma finalidad y periodo pueda establecer cualquier Administración Pública.
Esta ayuda es compatible con las ayudas a la dependencia. En este caso, la cuantía a percibir por ambas ayudas no podrá ser superior a la de mayor importe, minorándose, a estos efectos, el importe de la ayuda por excedencia.
NORMATIVA:
- Orden Foral 159/2020, de 12 de mayo, (BON nº 115 de 28-05-2020).
- Orden Foral 164/2020, de 25 de mayo, (BON nº 128 de 15-06-2020).
MÁS INFORMACIÓN:
- AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMÍA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS
Subdirección de Familia y Menores
Abejeras, 1
31007 PAMPLONA
Tlfno.: 848 421 258
Web: http://www.navarra.es/