ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA ECONOMÍA SOCIAL

ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA ECONOMÍA SOCIAL

Fecha: 
Miércoles, Marzo 16, 2016

¿QUÉ ES?: Ayudas destinadas a la realización de actuaciones dirigidas a labores de asistencia técnica, fomento y difusión de empresas de economía social.

¿QUIÉN LA CONCEDE?: El Servicio Navarro de Empleo (SNE).

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?: A aquellas cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales que realicen alguna de las siguientes actuaciones:
a) Estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga.
b) Asesoramiento en las distintas áreas de la gestión empresarial.
c) Asesoramiento para la cooperación empresarial.
d) Contratación indefinida de personal de dirección y gerencia.

REQUISITOS: Los requisitos generales son:
- Estar legalmente constituidas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- Tener su domicilio fiscal en Navarra.

Los requisitos específicos son:
-En las acciones a), b) y c), no serán objeto de subvención cuando se trate de estudios, informes o asesoramiento exigidos en la tramitación de expedientes administrativos para autorizaciones u obtención de subvenciones, o bien, se realicen como consecuencia del cumplimiento de alguna disposición que así lo exija.
- En la acción d), contratación indefinida de personal de dirección y gerencia, no podrá ser personal socio de la entidad, al menos durante el periodo de tiempo por el que se otorgue la subvención, que no habrá de ser superior a un año y la contratación deberá ser previa a la solicitud. la contratación deberá realizarse antes del 1 de noviembre del año anterior a la solicitud.
- En los supuestos contemplados en las actuaciones a), b) y c), la prestación de la asistencia técnica deberá ser realizada por empresas especializadas que reúnan garantías de solvencia profesional.

Quedan excluidas las empresas que desarrollen actividades relacionadas con la producción, primera transformación o comercialización al por mayor de los productos que figuran en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (agricultura, ganadería y pesca).

DOCUMENTACIÓN:
La documentación requerida viene descrita en la propia solicitud.
- Solicitud para los programas de Asistencia Técnica.
- Otra documentación a presentar.
- Solicitud de abono por transferencia.

¿DÓNDE SE SOLICITA?: Las solicitudes podrán presentarse, preferentemente, en el registro del Servicio Navarro de Empleo o en cualquier otro registro oficial.

¿CUÁNDO SE SOLICITA?: El plazo de presentación de solicitudes será del 15 al 28 de febrero de cada año. Para el año 2014 el plazo finaliza el 26 de marzo.

¿CUÁNTO SE COBRA?:
En las empresas de hasta 10 personas trabajadoras fijas la subvención será el 60% del coste de las actuaciones previstas, hasta un máximo de 15.000 € anuales por empresa solicitante.
En las empresas de más de 10 personas trabajadoras fijas la subvención será el 50% del coste de las actuaciones previstas, hasta un máximo de 15.000 € anuales por empresa solicitante.
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o subvenciones hasta alcanzar el 100% de la actuación realizada y sin superar el límite máximo establecido por el Reglamento de ayudas “minimis” de la Unión Europea.

NORMATIVA:
- Resolución 416/2014, de 19 de febrero, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, (BON nº 39 de 26-02-2014).
- Régimen de minimis de la Unión Europea.

MÁS INFORMACIÓN:
- SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO
Sección de Promoción del Empleo
Arcadio Mª Larraona, 1
31008 PAMPLONA
Tlfno.: 848 424 451 - 848 424 459
Correo-e.: economiasocial@navarra.es
Web: http://www.empleo-navarra.es

- OFICINAS DE EMPLEO DEL SNE

Cambios: 
Actualización ficha.