ALQUILER DE VIVIENDA PROTEGIDA
¿QUÉ ES?: El programa del Gobierno de Navarra para el fomento de viviendas en alquiler mediante la promoción de vivienda nueva y usada destinada a su alquiler cuyo precio de renta está limitado.
¿QUIÉN LA OFRECE?: El Gobierno de Navarra a través de NASUVINSA (Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.) que incluye las viviendas en alquiler de protección oficial de promotoras privadas y las de particulares.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?: A personas o unidades familiares que necesiten una vivienda en alquiler y a personas particulares propietarias de viviendas usadas que deseen alquilarlas a través de NASUVINSA.
REQUISITOS:
DE LAS PERSONAS ARRENDATARIAS
DE LAS VIVIENDAS USADAS DE PARTICULARES OFRECIDAS A NASUVINSA PARA SU ALQUILER
Toda vivienda que vaya a ser alquilada por un periodo superior a 4 meses debe disponer del Certificado de Eficiencia Energética.
Existen una serie de cláusulas que son obligatorias incluirlas en el contrato de alquiler, sea éste con opción de compra o no.
CONDICIONES DE ARRENDAMIENTO:
- Otras condiciones del contrato
- En las promociones destinadas a alquiler se podrá solicitar, a quien se le adjudique una vivienda, una garantía complementaria por un importe no superior a seis meses de renta y de 12 meses en el resto de viviendas; esta garantía sólo se podrá exigir a quien se le adjudique, en ningún caso a quienes la soliciten.
- Deben notificarse al Departamento, antes de su entrada en vigor, el contrato, las rescisiones y todas las actualizaciones del precio de la renta.
- Obligaciones de quien arrienda la vivienda
- Obligaciones del inquilino o inquilina
¿DÓNDE SE SOLICITA?: El acceso al alquiler de una vivienda protegida se realiza a través del Censo de solicitantes de vivienda protegida en alquiler. Quienes cumplan los requisitos mínimos de acceso, tienen derecho a inscribirse en dicho Censo. Esta inscripción supone la solicitud de una vivienda en alquiler.
En el Baremo (consulta la pestaña "VER PUNTUACIÓN BAREMO") se tienen en cuenta diversas circunstancias y situaciones personales puntuables.
La inscripción en el Censo se debe mantener actualizada.
La inscripción, por sí misma, no da lugar a ningún otro derecho ni supone la adjudicación automática de la vivienda en alquiler.
SUBVENCIONES:
Requisitos para acceder a las subvenciones del Gobierno de Navarra.
ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA
FONDO FORAL DE VIVIENDA SOCIAL
NORMATIVA:
- Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, (BON nº 13 de 30-01-2006).
- Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, (BON nº 60 de 17-05-2010).
- Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo, (BON nº 64 de 01-04-2011).
- Orden Foral 87/2013, de 3 de julio, (BON nº 146 de 31-07-2013).
- Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, (BON nº 185 de 25-09-2013).
MÁS INFORMACIÓN:
- SERVICIO DE VIVIENDA
Alhóndiga, 1 - 1º
31002 PAMPLONA
Tlfno.: 848 427 570
Correo-e: vivienda@navarra.es
Web: http://www.navarra.es.
Horario: De lunes a viernes, de 8,00 a 14,30 horas.
- NASUVINSA (Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.)
Avda. San Jorge, 8 bajo
31012 PAMPLONA
Tlfno.: 848 420 600
Correo-e: info@nasuvinsa.es
Web: http://www.nasuvinsa.es/.
Horario: De lunes a viernes de 8,00 a 15,00 horas
- NASUVINSA (Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.)
Plaza de los Fueros, 5-6
31500 TUDELA
Tlfno.: 948 414 391
Horario de atención al público: de lunes a viernes de 8,00 a 15,00 horas.
- Cita previa para el CENSO ÚNICO DE VIVIENDA PROTEGIDA