Acreditación de la experiencia

Acreditación de la experiencia

Fecha: 
Miércoles, Abril 8, 2020

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas vía experiencia, tiene como finalidad establecer el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de competencias adquiridas por algunas personas a través de la experiencia laboral o por vías no formales de formación.

La evaluación y acreditación tiene siempre como referentes las unidades de competencia del Catálogo nacional de Cualificaciones Profesionales que estén incluidas en títulos de formación profesional y/o certificados de profesionalidad.

Convocatoria del procedimiento:

Serán las  administraciones públicas competentes quienes realicen la convocatoria pública del procedimiento.

Hay dos tipos de convocatoria:

  • PÚBLICA (financiada por la administración pública). Ver requisitos y características del procedimiento.
  • ESPECÍFICA (financiada por organizaciones/asociaciones empresariales) éstas podrán solicitar a la administración pública (a través de las organizaciones sindicales más representativas) la gestión de un procedimiento de evaluación y acreditación de sus trabajadores.

 

NORMATIVA:

Ley Orgánica 5/2002 de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas vía experiencia

Decreto Foral 66/2014, de 27 de agosto, por el que se establecen las normas de para la implantación del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de otras vías no formales de formación, y la estructura organizativa del mismo.

Resolución 4609/2017, de 27 de diciembre.

Contacto e información

Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare
Centro de Formación Iturrondo

Avda. de Villava, 1

31600 Burlada

Teléfono: 848 425 825

Correo electrónico: acreditacioncomunidadforal@navarra.es

Cambios: 
Normativa.